El Ayuntamiento de El Puerto de Santa María ha aprobado nuevos modelos de tramitación ambiental y una guía práctica que se adapta a la Ley 2/2026, de 12 de marzo, sobre la Gestión Ambiental de Andalucía, conocida como LEGAM. Esta iniciativa tiene como objetivo facilitar los procedimientos para emprendedores, comerciantes, empresas y profesionales.
Una de las principales novedades es que ciertas actividades económicas, que anteriormente requerían una Calificación Ambiental, ahora podrán tramitarse mediante una Declaración Responsable de los Efectos Ambientales. Además, la nueva ley reemplaza la antigua denominación de Calificación Ambiental por Licencia Ambiental.
Según indica el Ayuntamiento, algunos de estos procesos podían demorar entre diez y quince meses. Con el nuevo sistema, las actividades que se incluyan en el régimen de declaración responsable podrán comenzar a operar desde la fecha indicada en el documento, siempre que se hayan cumplido los requisitos exigidos previamente.
La Ley 2/2026, en su artículo 103.1, establece que la declaración responsable permite, desde el punto de vista ambiental, la apertura de la instalación y el inicio de la actividad desde la fecha señalada, sin perjuicio de las labores posteriores de comprobación, inspección, vigilancia y control por parte del municipio.
Este cambio afectará a actividades comunes como cafeterías, bares, restaurantes, panaderías, perfumerías, droguerías y comercios de alimentación, entre otros establecimientos que se incluyen en el nuevo marco normativo.
A pesar de esta simplificación, la declaración responsable no exime del cumplimiento de requisitos previos. El artículo 101 de la LEGAM exige que el promotor haya obtenido las autorizaciones sectoriales necesarias, el certificado municipal de compatibilidad urbanística y, cuando sea necesario, la licencia urbanística para las obras o instalaciones requeridas. También es imprescindible presentar una memoria que identifique posibles emisiones, olores, ruidos, vertidos o residuos, así como las medidas para mitigar su impacto.
El Ayuntamiento también ha actualizado la Guía Práctica de Tramitación, que detalla la documentación necesaria para cada procedimiento, con la intención de que ciudadanos, técnicos, promotores e inversores conozcan desde el inicio los documentos que deben presentar, reduciendo así la necesidad de subsanaciones posteriores.
Además, se han aprobado nuevos modelos normalizados de Declaración Responsable de Inicio de Actividad, Declaración Responsable de los Efectos Ambientales y Solicitud de Licencia Ambiental, adaptando los formularios municipales al nuevo marco legal.
El alcalde, Germán Beardo, ha afirmado que esta medida busca “eliminar burocracia” y facilitar la implementación de proyectos empresariales. “Queremos un Ayuntamiento que acompañe, ayude y agilice los procedimientos, no una administración que ponga obstáculos innecesarios”, ha declarado.
La nueva regulación sustituye parte del control administrativo previo por un sistema de control posterior. El artículo 99 de la ley aclara que esta simplificación no significa que la Administración renuncie a sus facultades de inspección, vigilancia, control o sanción.
La presentación de datos falsos, inexactos o incompletos de carácter esencial puede llevar a la imposibilidad de continuar la actividad, así como a las responsabilidades administrativas, civiles o penales que correspondan, de acuerdo con el artículo 103.4 de la LEGAM.